Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2010

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100430-116

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

CIUDAD REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

116
Notificación resolución de expediente sancionador

De acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común se procede a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el decreto de resolución del expediente sancionador incoado a doña María Isabel Pastor García (documento nacional de identidad número 11.839.365), instruido por el Ayuntamiento de Ciudad Real, ya que habiéndose intentado la notificación personal y preceptiva en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Expediente sancionador MA-09/641:

— Responsable: doña María Isabel Pastor García (documento nacional de identidad número 11.839.365).

— Hechos probados: el día 16 de julio de 2009, a las una y cincuenta horas, en la calle Alfonso Eanes, número 3, los agentes actuantes observan el vehículo “Ford” Focus, matrícula M-9690-ZT, con evidentes signos de abandono. Consultada la base de datos, se obtiene que el titular del vehículo es doña María Isabel Pastor García.

— Infracción sancionada: artículo 51 de la ordenanza municipal de limpieza, tipificada como grave.

— Sanción impuesta: 900 euros.

Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativas, podrá usted interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, dentro del plazo de dos meses siguientes a la fecha de notificación de este acuerdo, salvo en los supuestos previstos por el artículo 8.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en los que podrá interponerlo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Ciudad Real, o en los casos señalados por el artículo 14 de la misma Ley, en que podrá interponerlo, a su elección, en el Juzgado o Tribunal en cuya circunscripción tenga usted su domicilio.

También podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes.

No obstante, podrá utilizar cualesquiera otros recursos, si lo cree conveniente.

En Ciudad Real, a 15 de marzo de 2010.—El concejal-delegado, Juan V. Caballero de la Calle.

(02/3.400/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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