Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120806-229
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁCERES NÚMERO 1
EDICTO
Doña Marina Vázquez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 164 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Torreño Chaves y don Epifanio Guzmán Bermejo, contra las empresas “Cimosán Obra Civil, Sociedad Limitada”, “Acciona y Sando”, “Construcciones Malcove, Sociedad Limitada”, y “Dragados”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
Acuerdo: Admitir la demanda presentada.
Citar a las partes para que comparezcan el día 6 de julio de 2012, a las nueve horas, en avenida Hispanidad, esquina ronda San Francisco, planta segunda, al acto de conciliación ante la secretaria judicial y, en caso de no avenencia, a las nueve y diez horas, del mismo día, en avenida de la Hispanidad, esquina ronda San Francisco, Sala 6, al acto de juicio.
Adviértase a las partes que en caso de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación o juicio, el actor no comparecido será tenido por desistido de su demanda, no impidiendo la celebración de los actos de conciliación y juicio la incomparecencia de las demandadas, continuando el procedimiento sin necesidad de declarar su rebeldía.
Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por la secretaria judicial encargada de la Agenda Programada de Señalamientos.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Cimosán Obra Civil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Cáceres, a 25 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/26.265/12)

