Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54
Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120303-42
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
De acuerdo con lo establecido en los artículos 125, letra a), del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como el artículo 78.1 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Tres Cantos, corresponde a la Alcaldía la presidencia nata de todas las comisiones informativas municipales, pudiendo, no obstante, delegar la presidencia efectiva en cualquier miembro del Ayuntamiento, a propuesta de la propia comisión.
Tras la correspondiente elección efectuada en su seno, la Alcaldía de Tres Cantos ha resuelto conferir en virtud de decreto 399/2012, de 10 de febrero, la delegación de la presidencia efectiva de la Comisión Informativa de Vigilancia de la Contratación en doña Lydia Martínez Mora, portavoz del Grupo Municipal Socialista de Tres Cantos.
Tres Cantos, a 14 de febrero de 2012.—El alcalde, José Folgado Blanco.
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