Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120117-12

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMBITE

RÉGIMEN ECONÓMICO

12
Modificación ordenanzas fiscales

El Ayuntamiento de Ambite, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de diciembre de 2011, acordó por unanimidad de los asistentes la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2 REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL

Incluir en el artículo 6, “Cuota tributaria”, los siguientes epígrafes:

Epígrafe 1.—Sepulturas de tres cuerpos, para cincuenta años revestidas de ladrillo:

a) Empadronados: 900 euros.

b) No empadronados: 1.800 euros.

Epígrafe 2.—Inhumaciones:

a) Empadronados: 350 euros.

b) No empadronados: 450 euros.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 3 REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURA

Eliminar del artículo 8, “Declaración de ingreso”, el apartado 3 que dice: “El cobro de la cuota se efectuará semestralmente”.

El presente acuerdo y demás antecedentes que obran en el respectivo expediente quedan expuestos al público en las oficinas municipales de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicho acuerdo se considerará definitivo en caso de no producirse reclamaciones durante el período de exposición pública, sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario.

En Ambite, a 26 de diciembre de 2011.—El alcalde, Antonio Villarta Escudero.

(03/260/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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