Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101129-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

161
Demanda 1.029 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.029 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Dugo Rodríguez, doña Carmen Montalvo Aguado, doña Francisca Borrega Amaro y doña Ana Isabel Segado Carmona, contra la empresa “Positano, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 557 de 2010

En Madrid, a 25 de octubre de 2010.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de doña María José Dugo Rodríguez, doña Carmen Montalvo Aguado, doña Francisca Borrega Amaro y doña Ana Isabel Segado Carmona, contra la empresa “Positano, Sociedad Limitada”, y la administración concursal de la empresa “Positano, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña María José Dugo Rodríguez, doña Carmen Montalvo Aguado, doña Francisca Borrega Amaro y doña Ana Isabel Segado Carmona, contra la empresa “Positano, Sociedad Limitada”, y la administración concursal de la empresa “Positano, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a que abone:

A doña María José Dugo Rodríguez la suma de 6.740,64 euros.

A doña Carmen Montalvo Aguado la suma de 2.921,65 euros.

A doña Francisca Borrega Amaro la suma de 11.825,66 euros.

A doña Ana Isabel Segado Carmona la suma de 8.343,39 euros.

Cantidades las anteriores que se incrementarán con el 10 por 100 de interés de mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial y la administración concursal, habrán de estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Positano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.223/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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