Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
13-10-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101013-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALGECIRAS

EDICTO

190
Autos 1.168 de 2009

Doña Silvia Fernández-Reinoso Artacho, secretaria judicial del Juzgado de lo social único de Algeciras.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.168 de 2009, a instancias de la parte actora don Juan Antonio Sanmateo Sandoval, contra “Transportes Entrambasaguas, Sociedad Anónima”, “Naviera del Odiel, Sociedad Anónima”, y “Lajavi Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 22 de marzo de 2010 del tenor literal siguiente:

Estimo sustancialmente la demanda origen de las presentes actuaciones y, en su consecuencia, previa absolución de las mercantiles “Naviera del Odiel, Sociedad Anónima”, y “Lajavi Inversiones, Sociedad Limitada”, condeno a la también mercantil “Transportes Entrambasaguas, Sociedad Anónima”, a abonar a don Juan Antonio Sanmateo Sandoval la suma de 6.152,60 euros por los conceptos y períodos establecidos en el cuerpo de esta resolución judicial.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso que, antes de interponerse, deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación de aquella, mediante escrito, comparecencia o simple anuncio al practicarse esta.

Y para que sirva de notificación a la demandada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a 29 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.967/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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