Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
30-06-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100630-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

EDICTO

164
Procedimiento ordinario 232 de 2009

En el juicio de procedimiento ordinario número 232 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Leganés, a 5 de mayo de 2010.—Vistos por la señora doña Blanca Grand Delgado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 8 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 232 de 2009, a instancias de la entidad “Tech Data España, Sociedad Limitada Unipersonal”, representada por el procurador don Francisco Arcos Sánchez y asistida por el letrado don Óscar Babiloni Montins, contra la entidad “Wellcomp Technology, Sociedad Anónima”, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendiendo al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Francisco Arcos Sánchez, en el nombre y representación que ostenta, debo condenar y condeno a la entidad “Wellcomp Technology, Sociedad Anónima”, a pagar a la entidad “Tech Data España, Sociedad Limitada Unipersonal”, la cantidad de 144.006,29 euros, más el interés legal de esta cantidad desde el día 31 de marzo de 2009, así como al pago de las costas causadas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el término de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y previa la constitución de depósito en la cantidad de 50 euros a ingresar en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada que fue la anterior sentencia en el día de su fecha estando la señora magistrada-juez que la suscribe celebrando audiencia pública.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Wellcomp Technology, Sociedad Anónima”, la sentencia dictada en las presentes, con los apercibimientos en ella contenidos.

En Leganés, a 28 de mayo de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/6.397/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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