Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
05-10-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121005-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

91
Modificación de créditos

El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Venturada ha aprobado inicialmente la modificación de crédito presupuestario número 3/2012, de crédito extraordinario y suplemento de crédito, y estará de manifiesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento ­durante quince días, plazo durante el cual cualquier habitante del municipio o persona con intereses en el mismo (personas físicas o jurídicas como Cámaras de Comercio), podrán examinar y presentar contra el mismo las reclamaciones que estimen convenientes, con arreglo al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

La modificación de crédito presupuestario se considerará definitivamente aprobada si en tiempo y forma no se presenta ninguna reclamación u objeción a la misma.

Caso de presentarse alguna reclamación a la misma, el Pleno de la Corporación tendrá un plazo de un mes para resolverlas, contando a partir del día siguiente a la finalización de la fecha de exposición al público.

En Venturada, a 10 de septiembre de 2012.—El alcalde, Daniel Caparrós López.

(03/31.207/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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