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    <titulo>– Venturada. Régimen económico. Modificación de créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VENTURADA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación de créditos 
    El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Venturada ha aprobado inicialmente la modificación de crédito presupuestario número 3/2012, de crédito extraordinario y suplemento de crédito, y estará de manifiesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento ­durante quince días, plazo durante el cual cualquier habitante del municipio o persona con intereses en el mismo (personas físicas o jurídicas como Cámaras de Comercio), podrán examinar y presentar contra el mismo las reclamaciones que estimen convenientes, con arreglo al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
    La modificación de crédito presupuestario se considerará definitivamente aprobada si en tiempo y forma no se presenta ninguna reclamación u objeción a la misma.
    Caso de presentarse alguna reclamación a la misma, el Pleno de la Corporación tendrá un plazo de un mes para resolverlas, contando a partir del día siguiente a la finalización de la fecha de exposición al público.
    En Venturada, a 10 de septiembre de 2012..El alcalde, Daniel Caparrós López.
    (03/31.207/12)</texto>
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