Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120723-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

EDICTO

115
Procedimiento 408 de 2010

Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 408 de 2010, en los que ha recaído sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda de divorcio formulada por la procuradora de los tribunales señora Martínez Serrano, en nombre y representación de doña María Isabel Jiménez Carretero, frente a don Julián Molina Strauch, debo decretar y decreto la disolución por causa de divorcio del matrimonio civil celebrado entre ambos con fecha 4 de abril de 1964, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas con advertencia de que contra la misma, conforme previene los artículos 455 y 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a contar desde la última notificación. Asimismo, para la interposición del citado recurso deberá constituirse depósito en cuantía de 50 euros, consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, en la entidad bancaria “Banesto”, con el número 4341-0000-02-0408-10, adjuntando resguardo de ingreso al escrito de preparación de recurso. Sin que proceda la admisión a trámite de recurso cuyo depósito no conste constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Una vez firme la presente resolución, remítase el oportuno despacho al Registro Civil, donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes, a los efectos oportunos.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado, en ignorado paradero, don Julián Molina Strauch.

En Madrid, a 25 de junio de 2012.—El secretario (firmado).

(03/24.602/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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