Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120529-128
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46
EDICTO
Don Pedro Sáenz Pastor, secretario del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid.
Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita ordinario 2.242 de 2010, a instancias de “Forjados Cubiertas, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María Rodríguez Puyol, contra “Equipo Inversiones, Sociedad Anónima”, y “Tensonic, Sociedad Limitada”, siendo este último quien se encuentra en la actualidad en paradero desconocido, he acordado notificar a dicho demandado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia
En Madrid, a 18 de enero de 2012.
Por el ilustrísimo señor don Javier Sánchez Beltrán, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, se ha dictado sentencia con el fallo siguiente:
Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María Rodríguez Puyol, en representación de “Forjados Cubiertas, Sociedad Anónima”, contra “Equipo Inversiones, Sociedad Anónima”, y “Tensonic, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la extinción del derecho de opción de compra concedido a “Tensonic, Sociedad Limitada”, por “Equipo Inversiones, Sociedad Anónima”, sobre la finca número 22.123 del Registro de la Propiedad número 2 de Móstoles, que causó la inscripción sexta de la hoja registral de la finca; y debo ordenar y ordeno la rectificación del Registro cancelando el asiento correspondiente a dicha opción de compra (inscripción sexta).
Se imponen las costas de la parte actora a la demandada “Tensonic, Sociedad Limitada”.
Una vez que sea firme esta resolución, líbrese mandamiento al Registro de la Propiedad, número 2, de Móstoles, para que proceda a lo acordado en la misma.
Notifíquese a las partes la presente resolución, advirtiéndoles de que la misma no es firme y que contra ella puede interponerse, dentro del plazo de veinte días recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada “Tensonic, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio actual se ignora, haciéndole saber que contra la anterior sentencia podrá interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido el presente en Madrid, a 18 de abril de 2012.—El secretario (firmado).
(02/3.636/12)

