Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
19-04-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120419-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 7

EDICTO

124
Procedimiento ordinario 1.084 de 2009

En el juicio de procedimiento ordinario número 1.084 de 2009, se ha dictado la sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por “Blascu Dufis, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Gafas, contra “Restauración y Comercios Integrales, Sociedad Limitada”, en rebeldía.

Se condena a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 32.040 euros más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Se condena en costas a la demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndolas saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial.

Según lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en su disposición adicional decimoquinta, se instaura como requisito previo la constitución de 25 euros para la admisión de la reposición que deberá ser ingresada en la cuenta de este Juzgado 4594-0000-00, número de procedimiento y año, con la prevención de que de no verificarlo no será admitido, debiendo consignar en el resguardo de ingreso que se trata de un “recurso”, el tipo de recurso y fecha de la resolución recurrida.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos indicados anteriormente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 y 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Restauración y Comercios Integrales, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido.

En Arganda del Rey, a 13 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(02/2.825/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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