Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
04-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120404-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 4

EDICTO

159
Procedimiento ordinario 879 de 2010

Doña María Yolanda Martín Llorente, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ordinario número 879 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelmejid Agoujoul, contra la empresa “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia

En Valladolid, a 23 de enero de 2012.—Vistos por don Jaime Díaz-Aguado Ros, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 4 de Valladolid, los presentes autos número 879 de 2010, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de don Abdelmejid Agoujoul, con número de identificación de extranjería X-7932770-R, asistido por el letrado don Pablo Rocha Tejero, frente a “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-85742237 y domicilio en Villaviciosa de Odón (Madrid), calle Isabel la Católica, número 60, código postal 28670, que no comparece, y frente al Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Abdelmejid Agoujoul, con número de identificación de extranjería X-7932770-R, frente a la empresa “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-85742237, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de 5.790,08 euros, y subsidiariamente al Fondo de Garantía Salarial, y por desistido al demandante de la demanda y sus pretensiones en cuanto a las empresas “Infraestructuras Terrestres Intersa, Sociedad Anónima”, y “UTE AVE Olmedo”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra la misma cabe interponer ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León (Valladolid) recurso de suplicación que se podrá anunciar en este Juzgado, por comparecencia o mediante escrito en un plazo de cinco días a partir de la notificación previa la consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta número 3935/0000/65/ 0879/10 de “Banesto”, oficina de la plaza de San Miguel, de Valladolid, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en que conste la responsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuar además el ingreso de 300 euros como depósito especial para interponer dicho recurso, todo ello en el caso de que el recurrente no fuera trabajador, su causahabiente o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no gozara del beneficio de justicia gratuita.

Así por esta sentencia, de la que se deducirá certificación para unir a los autos de que dimana y a la que se dará la publicidad prevenida en la normativa en vigor, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Firmada y rubricada.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 23 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.637/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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