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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/04/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valladolid número 4. Procedimiento ordinario 879 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 4
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 879 de 2010 
    Doña María Yolanda Martín Llorente, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Valladolid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ordinario número 879 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelmejid Agoujoul, contra la empresa “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia
    En Valladolid, a 23 de enero de 2012..Vistos por don Jaime Díaz-Aguado Ros, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 4 de Valladolid, los presentes autos número 879 de 2010, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de don Abdelmejid Agoujoul, con número de identificación de extranjería X-7932770-R, asistido por el letrado don Pablo Rocha Tejero, frente a “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-85742237 y domicilio en Villaviciosa de Odón (Madrid), calle Isabel la Católica, número 60, código postal 28670, que no comparece, y frente al Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece.
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por don Abdelmejid Agoujoul, con número de identificación de extranjería X-7932770-R, frente a la empresa “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-85742237, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de 5.790,08 euros, y subsidiariamente al Fondo de Garantía Salarial, y por desistido al demandante de la demanda y sus pretensiones en cuanto a las empresas “Infraestructuras Terrestres Intersa, Sociedad Anónima”, y “UTE AVE Olmedo”.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra la misma cabe interponer ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León (Valladolid) recurso de suplicación que se podrá anunciar en este Juzgado, por comparecencia o mediante escrito en un plazo de cinco días a partir de la notificación previa la consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta número 3935/0000/65/ 0879/10 de “Banesto”, oficina de la plaza de San Miguel, de Valladolid, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en que conste la responsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuar además el ingreso de 300 euros como depósito especial para interponer dicho recurso, todo ello en el caso de que el recurrente no fuera trabajador, su causahabiente o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no gozara del beneficio de justicia gratuita.
    Así por esta sentencia, de la que se deducirá certificación para unir a los autos de que dimana y a la que se dará la publicidad prevenida en la normativa en vigor, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo..Firmada y rubricada.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Valladolid, a 23 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/9.637/12)</texto>
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