Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
03-03-2012

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120303-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

42
Delegación de la presidencia efectiva

De acuerdo con lo establecido en los artículos 125, letra a), del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como el artículo 78.1 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Tres Cantos, corresponde a la Alcaldía la presidencia nata de todas las comisiones informativas municipales, pudiendo, no obstante, delegar la presidencia efectiva en cualquier miembro del Ayuntamiento, a propuesta de la propia comisión.

Tras la correspondiente elección efectuada en su seno, la Alcaldía de Tres Cantos ha resuelto conferir en virtud de decreto 399/2012, de 10 de febrero, la delegación de la presidencia efectiva de la Comisión Informativa de Vigilancia de la Contratación en doña Lydia Martínez Mora, portavoz del Grupo Municipal Socialista de Tres Cantos.

Tres Cantos, a 14 de febrero de 2012.—El alcalde, José Folgado Blanco.

(03/6.403/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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