Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110224-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Juicio ejecutivo 195 de 1996

En el procedimiento de juicio ejecutivo número 195 de 1996, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En San Lorenzo de El Escorial, a 18 de enero de 2011.

Fallo

Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra don Eduardo Molina Bergés, la mercantil “Abarmi, Sociedad Limitada”, doña Mercedes Arenas Gaytán y don Santiago Abarca Arenas hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, y con su importe, íntegro pago a “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” de la cantidad de 1.180.000 pesetas, que son 7.091,94 euros, de principal y los intereses pactados y costas causadas y que se causen, en las cuales expresamente condeno a dichos demandados.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado previo depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en este Juzgado.

Así por esta sentencia, que por la rebeldía de los demandados se les notificará por medio de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia, de la rebeldía de los ejecutados don Eduardo Molina Bergés, “Abarmi, Sociedad Limitada”, y doña Mercedes Arenas Gaytán, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

San Lorenzo de El Escorial, a 18 de enero de 2011.—El secretario (firmado).

(03/4.318/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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