Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-344

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

344
Demanda 563 de 2010

Doña Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 563 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Soraya Díaz Rodríguez, contra la empresa “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 572 de 2010

En Madrid, a 25 de octubre de 2010.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Soraya Díaz Rodríguez, que comparece asistida del letrado don Santiago Satue González, y de otra, como demandada, “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, que comparece asistida y representada del letrado don Juan Borja Barrionuevo Charques, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía desestimar la demanda interpuesta por doña Soraya Díaz Rodríguez, en concepto de despido, contra “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, absolviéndole de dicha pretensión, declarándolo procedente y extinguida la relación laboral entre las partes con fecha de la carta, sin indemnización ni salarios de tramitación.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Soraya Díaz Rodríguez y “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/46.234/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-344