Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100427-118

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

URBANISMO

118
Plan Parcial Sector número 6, Alto Eugenio

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el 25 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar definitivamente la modificación del Plan Parcial correspondiente al Sector número 6, “Alto Eugenio”, del vigente Plan General de Ordenación Urbana, promovido por la Junta de Compensación constituida para el desarrollo de dicho sector, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57, 59, 61 y 69 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en los términos que resultan del expediente sometido a información pública e incorporando lo relativo a adaptación a la normativa de viviendas con protección, por lo que la manzana 12/13 queda calificada como vivienda de protección pública (110 viviendas).

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, contra dicho acto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano. Contra la resolución desestimatoria del mismo, expresa o por el transcurso de un mes desde la interposición sin que hubiera recaído acuerdo al respecto, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, si la resolución fue expresa, o de seis si no lo hubiera sido (artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Colmenar Viejo, a 5 de marzo de 2010.—El alcalde, José María de Federico Corral.

(02/2.830/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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