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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR VIEJO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar Viejo. Urbanismo. Plan Parcial Sector número 6, Alto Eugenio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 URBANISMO
 
 118 
 Plan Parcial Sector número 6, Alto Eugenio 
  El Pleno Municipal, en sesión celebrada el 25 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
   Aprobar definitivamente la modificación del Plan Parcial correspondiente al Sector número 6, “Alto Eugenio”, del vigente Plan General de Ordenación Urbana, promovido por la Junta de Compensación constituida para el desarrollo de dicho sector, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57, 59, 61 y 69 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en los términos que resultan del expediente sometido a información pública e incorporando lo relativo a adaptación a la normativa de viviendas con protección, por lo que la manzana 12/13 queda calificada como vivienda de protección pública (110 viviendas).
   Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, contra dicho acto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano. Contra la resolución desestimatoria del mismo, expresa o por el transcurso de un mes desde la interposición sin que hubiera recaído acuerdo al respecto, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, si la resolución fue expresa, o de seis si no lo hubiera sido (artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
  Colmenar Viejo, a 5 de marzo de 2010..El alcalde, José María de Federico Corral.
  (02/2.830/10)</texto>
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