Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2026

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261008-31

Páginas: 34


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 25 de septiembre de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para los años 2027, 2028 y 2029.

En virtud del artículo 149.1.7 de la Constitución Española y el artículo 28.1.12 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, corresponde a la Comunidad la competencia de la gestión de las políticas activas de empleo, dentro de los objetivos marcados por la política de empleo en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, aprobada por el Real Decreto 633/2025, de 15 de julio.

La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, establece en su artículo segundo que la política de empleo se integra por las políticas activas de empleo y las políticas de protección frente al desempleo, cuyo diseño y ejecución deberán coordinarse mediante la colaboración de las Administraciones públicas con competencias en la materia y con la participación de los interlocutores sociales.

A su vez, establece que las políticas activas de empleo son el conjunto de decisiones, medidas, servicios y programas orientados a la contribución a la mejora de la empleabilidad y reducción del desempleo, al pleno desarrollo del derecho al empleo digno, estable y de calidad, a la generación de trabajo decente y a la consecución del objetivo de pleno empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 y 40 de la Constitución y en el marco de la estrategia coordinada para el empleo de la Unión Europea.

El 17 de enero de 2025, en el marco del diálogo social, se acordó la puesta en marcha de la “Estrategia Madrid por el Empleo 2025-2027” que supone la hoja de ruta de la Comunidad de Madrid en materia de empleo, junto con el “Plan de Empleo Joven 2024-2025” y el “Plan de Empleo Senior 2026-2027”.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de lo establecido en el artículo 4 bis y 4 ter de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado 2 del artículo 11 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y dada la importancia que reviste el conjunto de programas que la Dirección General del Servicio Público de Empleo gestiona, y el volumen de ayudas que contiene, procede aprobar, un nuevo Plan Estratégico Especial de Subvenciones para los años 2027, 2028 y 2029, que dé continuidad a los anteriores, corrigiendo aquellos aspectos que se han revelado susceptibles de mejora.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 4 ter de la Ley 2/1995 de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Único

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para 2027, 2028 y 2029, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Madrid, a 25 de septiembre de 2026.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 108, de 7 de mayo de 2024), la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno.

































































(03/15.816/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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