Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
03-08-2026

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260803-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

URBANISMO

62
Daganzo de Arriba. Urbanismo. Expropiación

El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada, el día 22 de julio de 2026, acordó:

Primero.—Aprobar con carácter definitivo la relación concreta, individualizada y valorada de los bienes y derechos a ocupar necesariamente para la ejecución de las obras, y que se expresan al final de este Acuerdo, así como la designación nominal de los interesados con los que han de entenderse los sucesivos trámites.

Segundo.—Considerar que, con lo actuado, queda demostrada la necesidad de ocupación de los bienes y derechos a que se refiere este expediente, y, por tanto, acordar la necesidad de ocupación de los mismos, considerando que este Acuerdo continua el expediente expropiatorio.

Relación de bienes afectados:

— Identificación del propietario: D.a Amelia Alcobendas Garrido.

— Descripción de la finca: Finca rústica en el paraje El Almazanejo de extensión superficial 107.714 metros cuadrados, equivalentes a 10,7714 hectáreas de forma irregular, y que linda: Norte: Camino de Daganzo de Arriba o Camarma del Caño y Parcela de la Ermita de la Virgen del Espino; Sur: Arroyo del Espino; Oeste: Arroyo del Espino; Este: Arroyo de Torote.

La finca está formada por las referencias catastrales 28053A001000470000HI, (superficie 103.368 metros cuadrados); 28053A001053980000HQ (superficie 1877 metros cuadrados); 28053A001010470000HD (superficie 2630 metros cuadrados); 28053A001010320000HB (superficie 1844 metros cuadrados) que son las parcelas 47, 5.398, 1.047 y 1.032 del Polígono 1 de Daganzo de Arriba respectivamente.

— Valoración: 111.266,48 euros.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.

Daganzo de Arriba, a 23 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Manuel Jurado Marrufo.

(01/12.441/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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