Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2026

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260115-10

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

10
CONVENIO de 23 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD, para la concesión directa de una subvención destinada a la financiación de las acciones de fortalecimiento y ampliación de las actividades de calidad universitaria y de programas de apoyo a universidades públicas de la Comunidad de Madrid, durante el ejercicio 2025.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, nombrado por Decreto 45/2023, de 23 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio), de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de la competencia de representación prevista en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, D. Federico Morán Abad, director de la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD, con CIF: G-83351346, y domicilio social en Maestro Ángel Llorca, número 6, 28003 Madrid, interviene, en nombre y representación de dicha entidad, en virtud de la escritura pública de poder otorgada ante el Notario, de Madrid, D. Cruz Gonzalo López-Muller el día 8 de febrero de 2019, con el número 463 de su protocolo.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficiente para formalizar el presente convenio y de común acuerdo.

EXPONEN

Primero

La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, regula el sistema universitario, así como los mecanismos de coordinación, cooperación y colaboración entre las Administraciones Públicas con competencias en materia universitaria, y de los centros y estructuras que les sirven para el desarrollo de sus funciones, con el objeto de fomentar un sistema universitario de calidad que promueva la investigación, la transferencia del conocimiento, la gestión de la calidad, la internacionalización o la conexión con el tejido social y empresarial.

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, a través de la Dirección General de Universidades, en virtud del artículo 17 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, tiene atribuidas competencias en materia de planificación y ejecución de la política de educación superior madrileña para la mejora del bienestar, la competitividad y la sostenibilidad de la sociedad madrileña, la coordinación de las actividades de educación superior, la planificación y ejecución de proyectos y programas singulares o estratégicos, y la creación de redes y sistemas de información que permitan una colaboración activa de las universidades de la Comunidad de Madrid con otras instituciones científicas o empresariales, nacionales e internacionales, de manera especial, con aquellas ubicadas en el territorio de dicha Comunidad.

Segundo

La Fundación para el Conocimiento MADRIMASD es una fundación del sector público de la Comunidad de Madrid constituida por Decreto 63/2002, de 25 de abril y adscrita al Protectorado de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. De conformidad con su artículo 5, tiene por objeto la realización de actividades de participación y divulgación dirigidas a investigadores, empresarios, emprendedores, gestores públicos y privados, comunicadores y ciudadanos sobre ciencia y tecnología y la sociedad del conocimiento, y el asesoramiento a instituciones públicas y privadas en cuestiones de análisis y gestión de la ciencia y la tecnología.

De acuerdo con su fin fundacional, la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD tiene como misión hacer de la calidad de la educación superior, la ciencia, la tecnología y la innovación un elemento clave de la competitividad y el bienestar de los ciudadanos, incorporando entre sus fines los trabajos de evaluación conducentes a la acreditación o certificación en el ámbito universitario. Para el cumplimiento de estos fines, la Fundación promueve la calidad de la docencia, la investigación y la gestión del sistema universitario regional; fomenta la cooperación entre la academia y la industria; impulsa la transferencia de conocimiento; y desarrolla acciones de comunicación y difusión de la ciencia, la tecnología y la innovación.

Tercero

La colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD, en el marco del presente convenio, tiene como finalidad consolidar y reforzar las actividades orientadas a la mejora de la calidad del sistema universitario madrileño, aprovechando la experiencia, el conocimiento y el trabajo desarrollado por la Fundación en la ejecución de proyectos y programas singulares o estratégicos, dentro del ámbito de las actividades del ámbito universitario, que redunde en una mejora de la calidad, la internacionalización y la conexión con el tejido social y empresarial madrileño.

Cuarto

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2025, autorizó con carácter previo la firma del presente convenio, en los términos recogidos en el presente documento.

En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD, destinada a financiar en el año 2025 las actividades incluidas en este convenio, aprovechando la experiencia, el conocimiento y el trabajo desarrollado por la Fundación en la ejecución de proyectos y programas singulares o estratégicos, dentro del ámbito universitario, en concordancia con los objetivos de la Comunidad de Madrid.

Segunda

Actuaciones subvencionables

La subvención se destinará íntegramente a financiar las siguientes actividades a desarrollar por la Fundación MADRIMASD en 2025, a través de dos líneas de actuación:

— Acciones de fortalecimiento y ampliación de las actividades de calidad universitaria, que contempla un conjunto de acciones orientadas a consolidar y ampliar las actividades de calidad de calidad universitaria. El propósito es elevar la calidad educativa a nivel local, fomentar la colaboración internacional y promover la innovación en la educación superior. Entre estas iniciativas destacan:

• Desarrollo de programas específicos para la mejora de la calidad universitaria, como el Sello SOFÍA, el programa CUALIFICAM, la incorporación de microcredenciales y la adopción del estándar EUR-ACE.

• Aplicación de inteligencia artificial (IA) en los procesos de calidad universitaria, mediante el desarrollo de herramientas para la elaboración de memorias e informes de verificación, modificación, seguimiento y acreditación de títulos.

• Implantación de una infraestructura de gestión documental y de procesos, con el objetivo de optimizar el trabajo y facilitar la localización de documentos. Este proyecto se desarrollará en dos fases: una primera de diagnóstico, a cargo de una consultora especializada, y una segunda de implementación de los procesos, infraestructuras y tecnologías seleccionadas.

• Estudio de viabilidad de nuevos programas de acreditación universitaria, incluyendo la acreditación del profesorado y la evaluación de la actividad investigadora. Se contemplan dos competencias específicas: la acreditación de sexenios de investigación y transferencia para profesorado no funcionario y la acreditación del profesorado permanente laboral.

— Acciones para el desarrollo de Programas de apoyo a universidades, que incluyen iniciativas para fortalecer el sistema universitario, tales como:

• Ejecución del Plan Anual, que implicará la coordinación de un grupo de trabajo integrado por universidades, encargado de evaluar los avances, proponer mejoras y garantizar la sostenibilidad financiera mediante captación de fondos. Se elaborará una memoria anual con resultados e impacto.

• Cátedra del Español y Red de Universidades (REUNE), mediante el diseño e implementación de la red, incorporación de nuevos socios, firma de convenios, convocatorias de movilidad y promoción de proyectos de investigación sobre el español y la Hispanidad. Se organizarán congresos y eventos académicos internacionales.

• Interlocución con Universidades y Relaciones Institucionales. La Fundación se mantendrá en coordinación con universidades, instituciones gubernamentales y culturales para facilitar la colaboración y el intercambio de información. Atención a consultas de docentes e investigadores.

• Seminarios y Actividades Académicas: Organización de seminarios temáticos y participación de expertos. Difusión de resultados de proyectos académicos y de investigación.

Otra de las iniciativas contempladas en esta línea de actuación es el refuerzo del posicionamiento de las universidades de la Comunidad de Madrid en los rankings internacionales (QS, THE, ARWU, SIR) mediante:

A) Posicionamiento en Rankings:

Implicará la ampliación del grupo de trabajo incluyendo a las universidades privadas para fomentar colaboración y buenas prácticas.

Análisis de los Factores Críticos en Rankings, mediante informes y estudios específicos. Se evaluará una estrategia para facilitar el retorno y la retención del talento y se profundizará en la colaboración empresarial con el objetivo de convertir a las empresas en agentes activos en encuestas QS.

B) Convenios estratégicos de colaboración, destacando:

— El Convenio Fundación Carmen y Severo Ochoa, firmado el 30 de octubre de 2024, con el objetivo de mejorar la calidad investigadora, la formación y los servicios, promueve proyectos conjuntos en ciencia, tecnología e innovación.

— El Convenio con Fundación Margarita Salas, pretende establecer bases para futuras colaboraciones y busca impulsar proyectos en educación superior, investigación y transferencia de conocimiento.

— El Convenio con Fundación GADEA-Proyecto Madrid-Con-Ciencia, tiene como objetivo el diseño y la realización de un ciclo de conferencias sobre temas actuales en ciencia e innovación, ofreciendo un espacio para el intercambio de ideas entre expertos, investigadores y sociedad y se posicionarán como una herramienta clave para la divulgación científica en la Comunidad de Madrid.

En resumen, se relacionan a continuación las actividades de interés social objeto del convenio de subvención 2025, con la Fundación MADRIMASD:

Tercera

Obligaciones del beneficiario

De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter previo a la concesión de la ayuda, que viene dada por la firma de este convenio, la Fundación deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, para lo cual deberá:

a) Respecto del cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, deberá presentar un escrito, firmado por persona legalmente autorizada por la entidad, en el que autorice de forma expresa a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades para la consulta de sus datos tributarios.

En caso de que no autorice dicha consulta, deberá presentar el certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativo del cumplimiento de sus obligaciones.

b) Respecto del cumplimiento de sus obligaciones frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades consultará por medios electrónicos dicho cumplimiento.

La Fundación para el Conocimiento MADRIMASD podrá oponerse a la consulta por motivos que deberá justificar mediante la presentación de un escrito firmado por personal legalmente autorizada por la entidad. En este caso, será necesaria la aportación de correspondiente certificado acreditativo de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social. Todo ello sin perjuicio de la potestad de verificación de la Administración.

c) De conformidad con el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Fundación deberá acreditar con carácter previo al cobro de la subvención la inexistencia de deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, el cual será incorporado de oficio por la propia Administración.

d) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El beneficiario se rige por las obligaciones enunciadas en el citado artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, estando obligado, asimismo, a aportar la documentación prevista en la cláusula anterior, necesaria para acreditar el cumplimiento los requisitos exigidos para ser beneficiario.

Cuarta

Financiación y Forma de Pago

El presente convenio tiene una dotación económica de un millón de euros (1.000.000 euros) cuyo pago se realizará una vez suscrito el convenio y con antelación al 31 de diciembre de 2025.

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, a través de la Dirección General de Universidades asumirá el gasto con cargo al crédito consignado en el subconcepto 45216 “Sistema Universitario: Otras actuaciones” del programa 322C “Universidades”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2025, Ley 9/2024, de 26 de diciembre.

El libramiento de los fondos se efectuará previa autorización de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, mediante un único pago anticipado, y sin necesidad de constituir garantías con carácter previo al pago de la subvención.

Quinta

Vigencia del Convenio

El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma por ambas partes siendo el ejercicio 2025 el período subvencionable, y mantendrá su vigencia hasta el 10 de febrero de 2026, momento en que debe haber dado cumplimiento a las obligaciones de justificación impuestas a la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, o la obtención concurrente de subvenciones concedidas para la misma finalidad por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.

No obstante, la subvención concedida a través del presente convenio será compatible con otras aportaciones que pudiera recibir la Fundación para el mismo objeto, siempre y cuando la suma de los importes recibidos para este concepto no supere el coste total de las actividades objeto de financiación mediante el presente convenio.

Sexta

Incumplimiento y reintegro

Con carácter previo a la concesión de la ayuda, la Fundación deberá acreditar que se encuentra al corriente de las obligaciones establecidas en la cláusula tercera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.n) y el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y no ejecutadas. La cuantía a reintegrar se determinará según el importe no justificado, así como con la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.

Séptima

Plazo y forma de justificación

La Fundación para el Conocimiento MADRIMASD remitirá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, con anterioridad al 10 de febrero de 2026, la siguiente documentación:

a) Certificado expedido por el director de la Fundación relativo a los gastos realizados en el período correspondiente, con indicación de su objeto e importe.

b) Memoria explicativa de las actividades realizadas en cumplimiento del objeto y fines del presente convenio, incluyendo una relación de los gastos correspondientes a las actividades realizadas. Dicha memoria deberá ir firmada por el director de la Fundación.

c) Documentación justificativa de la realización de los gastos subvencionados, concretamente los correspondientes a las actividades objeto de la subvención, y de los correspondientes justificantes de pago.

Octava

Seguimiento y comprobación material de la subvención

El seguimiento y control de la actividad subvencionada será realizado por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, a través de la Dirección General de Universidades.

La Fundación para el Conocimiento MADRIMASD deberá someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que correspondan a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, a la Cámara de Cuentas y a cualquier otro órgano competente conforme a la normativa aplicable. Para ello, facilitará toda la información requerida y conservará los justificantes de la aplicación de los fondos recibidos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con el artículo 32.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Dirección General de Universidades llevará a cabo la comprobación de la subvención, emitiendo la correspondiente certificación de conformidad, conforme a lo previsto en el artículo 25.7.b) del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se regula el régimen de control interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.

Dicha certificación deberá acreditar que la documentación justificativa ha sido presentada en tiempo y forma, que los gastos realizados se ajustan a la naturaleza de la subvención concedida, y que se ha aplicado íntegramente el importe otorgado.

En caso de no presentarse la documentación justificativa en los términos establecidos, o si esta no se ajusta a los requisitos exigidos, la Dirección General de Universidades podrá requerir el reintegro de los fondos percibidos.

Novena

Régimen jurídico y jurisdicción

El presente convenio tiene naturaleza jurídica de subvención, siéndole de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y restante legislación de desarrollo básica o, en su caso, supletoria.

Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los términos establecidos en artículo 48.7 de la citada ley, esto es, en todo lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma.

La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en desarrollo del presente convenio.

Décima

Publicidad de la subvención

La Fundación MADRIMASD deberá dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad establecidas según lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, y en el artículo 31 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Este convenio se firma de forma electrónica, considerándose como fecha del convenio la que aparece en la firma del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, habiéndose firmado previamente por el Director de la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD.

Madrid, a 23 de diciembre de 2025.—El Director de la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD, Federico Morán Abad.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.

(03/21.863/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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