Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2026

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260107-31

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 3074/2025, de 18 de diciembre, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se revocan y minoran determinadas ayudas concedidas mediante la Orden 1876/2025, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2023-2024.

Mediante la Orden 601/2025, de 7 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprueba la convocatoria de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2023-2024.

Por Orden 1876/2025, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden dichas ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2023-2024 y se abre un plazo de quince días hábiles siguientes a su publicación para la presentación de la documentación justificativa, de acuerdo con la 601/2025, de 7 de marzo, anteriormente citada.

El artículo octavo, “Pago, plazo y forma de justificación”, de la Orden 601/2025, señala los requisitos que han de cumplir las entidades beneficiarias antes de proceder al pago de las cuantías concedidas. Por otro lado, el artículo 10, “Justificación para el pago de la subvención” de la Orden 1660/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, especifica la documentación justificativa que debe presentarse.

Examinadas las justificaciones presentadas se ha observado el incumplimiento de determinados requisitos por parte de las entidades que se relacionan.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Revocación del importe de las subvenciones concedidas

Revocar la ayuda de 9.988,51 euros concedida al Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, por no haber subsanado la documentación justificativa requerida según el Dispongo 8, apartado d), de la Orden 601/2025, de 7 de marzo.

Segundo

Minoración del importe de las subvenciones concedidas

Minorar en 4.950,86 euros el importe de la subvención concedida al Ayuntamiento de Getafe, por justificar válidamente un importe de 48.451,01 euros, de los 53.401,87 euros concedidos.

Minorar en 986,55 euros el importe de la subvención concedida de 5.521,66 euros al Ayuntamiento de Torremocha del Jarama, por superar en dicha cantidad el total de ingresos declarados, 29.199,88 euros, al total de gastos justificados, 28.213,33 euros.

Minorar en 7.436,75 euros el importe de la subvención concedida al Ayuntamiento de Valdemanco, por justificar válidamente un importe de 2.368,08 euros, de los 9.804,83 euros concedidos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia y medios de impugnación

El presente acto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, de 18 de diciembre de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.

(03/21.396/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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