Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2025

Sección 1.3.107.50: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251007-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

O. A. AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL

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RESOLUCIÓN 3769/2025, de 25 de septiembre, del Director-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, de rectificación de errores en la Resolución 2536/2025, de 17 de junio, por la que se establecen los precios de arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a las viviendas propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 74/1985, de 17 de julio, regula el régimen de adjudicación de los locales comerciales, plazas de aparcamiento y edificaciones complementarias de los que es titular el Instituto de la Vivienda de Madrid, y el apartado 4 del Acuerdo de 17 de diciembre de 2014, del Consejo de Administración, por el que se desarrolla el régimen de adjudicación de plazas de garaje no vinculadas, faculta al Director-Gerente de este Organismo para la adopción de las resoluciones oportunas en orden a su ejecución.

Así, mediante Resolución 2536/2025, de 17 de junio, se establecen los precios de arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a las viviendas propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

Advertidos errores en el resuelve primero y tercero de la citada Resolución 2536/2025, en la fijación de los precios y en el sistema de actualización de los mismos, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que permite “rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”, procede acordar la rectificación de los mismos.

A la vista de lo expuesto, de conformidad con las funciones que el artículo 1 del Decreto 244/2015 atribuye a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y resto de normativa aplicable, y a propuesta de la Dirección de Área Social, esta Dirección-Gerencia

RESUELVE

Primero

Proceder a la corrección del error advertido en el apartado Primero de la referida Resolución 2536/2025, de 17 de junio, relativo al importe de los precios aplicables a la renta inicial mensual de las plazas de garaje no vinculadas y de la de los ciclomotores y motocicletas, de las promociones de viviendas titularidad de la Agencia de Vivienda Social, en los siguientes términos.

Donde dice:

Debe decir:

Segundo

Proceder a la corrección del error advertido en el apartado Tercero de la referida Resolución 2536/2025, de 17 de junio, sobre actualización de precios, en los siguientes términos:

Donde dice:

“Los precios previstos en esta Resolución se actualizarán el primero de enero de cada año, de acuerdo con la variación porcentual experimentada por el índice de precios al consumo del año anterior”.

Debe decir:

“Los precios previstos en esta Resolución se revisarán anualmente de conformidad con la evolución que experimente el Índice de Precios de alquiler de oficinas, a nivel autonómico, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, tomándose como trimestre de referencia para la primera actualización, el que corresponda al último Índice que estuviera publicado a la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas, el que corresponda al último aplicado, y como renta base la que viniese abonando el arrendatario en cada momento. Hasta que no se publique dicho índice, se aplicará el índice de precios de alquiler de vivienda del Índice de Precios de Consumo del Instituto Nacional de Estadística, a nivel provincial”.

Hágase público para general conocimiento.

Madrid, a 25 de septiembre de 2025.—El Director Gerente de la Agencia de Vivienda Social, Eusebio González Castilla.

(03/15.437/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.50: I. COMUNIDAD DE MADRID

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