Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
30-09-2010

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100930-88

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

RÉGIMEN ECONÓMICO

88
Padrón municipal impuesto de actividades económicas 2010

Habiendo sido aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria de fecha 9 de septiembre de 2010, los padrones municipales del impuesto de actividades económicas y de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase correspondientes al ejercicio 2010, se exponen al público por espacio de quince días, en las Oficinas de la Recaudación Municipal, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los legítimamente interesados puedan examinarlos e interponer las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. La exposición pública producirá los efectos de notificación colectiva de los padrones y datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Contra la exposición de los padrones y las liquidaciones contenidas en los mismos los legítimamente interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del período de exposición pública de los padrones aprobados.

Asimismo, se comunica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer la fecha de cobranza que tendrá lugar en período voluntario desde el día 1 de octubre de 2010 hasta el 1 de diciembre de 2010, ambos inclusive, en las sucursales de las entidades financieras colaboradoras.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Torrejón de Velasco, a 9 de septiembre de 2010.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel López del Pozo.

(02/9.166/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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