Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-11-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091119-0039

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 86
DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal de desahucio número 817 de 2009, sobre arrendatario, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Vistos por el ilustrísimo señor don Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal de desahucio número 817 de 2009, seguidos a virtud de demanda interpuesta por la procuradora doña María Salud Jiménez Muñoz, en nombre y representación de don Ernesto Fernández Martín, contra don Juan Manuel Cayetano Asumu, en ejercicio de desahucio.

Fallo

Que estimando en parte la demanda formulada por la procuradora doña María Salud Jiménez Muñoz, en nombre y representación de don Ernesto Fernández Martín, contra don Juan Manuel Cayetano Asumu, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento concertado sobre la vivienda sita en calle Cáceres, número 11, sótano B, de Madrid, condenando al demandado a su desalojo y entrega al actor y a que le satisfaga la suma de 5.278,57 euros por rentas adeudadas hasta el momento de la vista, todo ello sin efectuar especial pronunciamiento en costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de día siguiente al de su notificación.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Manuel Cayetano Asumu, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.846/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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