Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
23-11-2010

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101123-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

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Orden 1740/2010, de 25 de octubre, por la que se crea un fichero mixto de datos de carácter personal “Sistema de Información del Servicio de Emergencia Social”, en la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley serán objeto de aprobación mediante Orden del Consejero respectivo, cuando afecten al ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Por la presente Orden se crea en la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social el fichero de “Sistema de Información del Servicio de Emergencia Social”.

Los datos personales recogidos con este fin serán tratados conforme lo dispuesto en la citada Ley 8/2001, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, implantándose un nivel de seguridad alto, para la consecución de los fines para los que fueron recogidos.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de ficheros

Se crea el fichero mixto de datos de carácter personal que se relaciona en el Anexo I de esta Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Entrada en vigor

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de octubre de 2010.

La Consejera de Familia y Asuntos Sociales, ENGRACIA HIDALGO TENA

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: S.I. SERVICIO EMERGENCIA SOCIAL.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Familia y Asuntos Sociales, Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, Subdirección General de Voluntariado, Coordinación Territorial y Emergencia Social.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Familia y Asuntos Sociales, Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, Subdirección General de Voluntariado, Coordinación Territorial y Emergencia Social.

Nombre y descripción del fichero: S.I. SERVICIO EMERGENCIA SOCIAL.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Otros datos especialmente protegidos: Origen racial o étnico, salud.

— Datos relativos a infracciones: Datos relativos a infracciones penales, infracciones administrativas.

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros datos de carácter identificativo: Estado civil/edad.

— Otros tipos de datos: Datos de circunstancias sociales, datos de detalles de empleo.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: REGISTRO DE DATOS DE LLAMADAS Y EXPEDIENTES DE EMERGENCIA SOCIAL.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal, Administraciones Públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— Otras Administraciones Públicas.

(03/42.940/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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