Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
29-04-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100429-328

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

328
Demanda 32 de 2010

Doña María Begoña González Rozas, secretaria judicial sustituta, refuerzo tardes, de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de doña Ana María Luquero Muñoz, contra “Fórmula Senior, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 32 de 2010, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 146 de 2010

En Madrid, a 11 de marzo de 2010.—Vistos por la magistrada-juez sustituta, refuerzo tardes, de lo social del número 35 de los de Madrid, doña Ana Fernández Valentí, los presentes autos número D-32 de 2010, seguidos a instancias de doña Ana María Luquero Muñoz, representada por la letrada doña Gema Guerrero Gonzalo, y de la otra, como demandados, “Fórmula Senior, Sociedad Anónima”, que no compareció al acto de juicio, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación sobre despido, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia.

Fallo

Estimo la demanda formulada por doña Ana María Luquero Muñoz, frente a “Fórmula Senior, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, y declaro la improcedencia de la decisión extintiva de su contrato de trabajo de efectos 18 de noviembre de 2009, y dada la desaparición de la empresa, declaro extinguida en esta fecha la relación laboral que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone a la demandante en concepto de indemnización la cantidad de 15.828,23 euros y por los salarios de tramitación del período 18 de noviembre de 2009 a 3 de marzo de 2010 la cantidad de 4.221 (ciento cinco días por 40,20 euros/día), desestimando la excepción de caducidad opuesta por el Fondo de Garantía Salarial.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2808/0000/00/0032/10 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “Fórmula Senior, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

Madrid, a 25 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.396/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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