Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110121-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

81
Declaración de herederos 1.280 de 2008

Doña María Pilar del Blanco Bustillo, secretaria del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.

Hace saber: En el procedimiento seguido en este Juzgado a instancias del abogado del Estado, en los autos de declaración de herederos número 1.280 de 2008, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña Adelaida Medrano Aranguren.—En Madrid, a 9 de diciembre de 2008.

Visto el estado de las actuaciones, según lo solicitado por el ministerio fiscal fíjese edictos en los sitios públicos del lugar de su sede y en los pueblos de fallecimiento y naturaleza del finado don Manuel Francisco Fernández del Valle González, con documento nacional de identidad número 13646622-D, anunciando su muerte sin testar, sin que hubiese dejado ningún heredero que se encuentre comprendido dentro del cuarto grado civil de parentesco y llamando a los que se crean con igual o mejor derecho para que comparezcan en el Juzgado a reclamarlo dentro de treinta días.

El edicto se insertará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndose entrega del mismo en la Secretaría de este Juzgado, al solicitante para que cuide de su diligenciado.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

Y para los fines del artículo 984 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, se extiende la presente para que sirva de requerimiento.

Madrid, a 9 de diciembre de 2008.—La secretaria (firmado).

(03/554/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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