Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110121-214

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

214
Ejecución 393 de 2010

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 393 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rocío Tonato Toasa, contra don José Velasco Navarro, “Mobel Infantil, Sociedad Civil Particular”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 23 de diciembre de 2010 del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario judicial.—En Madrid, a 23 de diciembre de 2010.

Por presentado el anterior escrito, fórmese pieza separada de ejecución, regístrese, numérese y de conformidad con lo establecido en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, y habiéndose solicitado por la parte ejecutante el despacho de la ejecución, se tiene por promovido incidente de no readmisión y se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Orense, número 22, segunda planta, el día 17 de febrero de 2011, a las nueve y treinta horas, con apercibimiento de que si no asistiere la trabajadora o persona que la represente, se le tendrá por desistida de su solicitud, y si no compareciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Velasco Navarro y “Mobel Infantil, Sociedad Civil Particular”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de diciembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.128/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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