Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
16-03-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100316-98

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

98
Notificación sanción

Habiendo sido intentada la notificación en el domicilio que figura en el expediente, a continuación indicado, sin que haya podido practicarse la misma como establece el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 del mismo texto legal, se le hace saber mediante la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la siguiente resolución tomada por el alcalde por decreto de 10 de noviembre de 2009, en el expediente sancionador número 627/09-A.

Resolución:

Imponer a doña Alicia Toirán González, la sanción consistente en:

— Por la infracción de lo establecido en el artículo 48.3.1, letra f): 100 euros.

— Por la infracción de lo establecido en el artículo 48.3.1, letra m): 100 euros.

— Por la infracción de lo establecido en el artículo 48.3.1, letra t): 100 euros.

Todos ellos de la ordenanza municipal sobre tenencia, control y protección de los animales, de 11 de enero de 2002.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 116 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, le comunicamos que contra la resolución dictada por la Alcaldía, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir de la recepción de la presente notificación.

No obstante, podrá acudir directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, si renuncia al derecho de interponer el recurso de reposición ­potestativo en el plazo anteriormente expresado. No se podrá interponer recurso contencioso­administrativo hasta tanto sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Igualmente, contra el presente acuerdo podrá interponer el recurso extraordinario de revisión si se dan los supuestos establecidos en el artículo 118.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y dentro del plazo establecido en dicho artículo.

El importe de la multa deberá hacerlo efectivo por ingreso directo en la entidad bancaria “Caja Cataluña”, sucursal de Las Rozas de Madrid, Clave Sica: 2013-0723-59-0200000600 a nombre del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, en los períodos voluntarios establecidos en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y que se detallan a continuación:

a) Si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Se le apercibe de que de no abonarla dentro de dicho período voluntario y de no concurrir ninguna de las circunstancias establecidas en el Reglamento General de Recaudación se procederá sin más trámite a su exacción por vía de apremio, según lo dispuesto en la citada Ley.

La referencia al número de expediente y nombre de la persona en el documento de ingreso es imprescindible para proceder al archivo del expediente, así como la presentación de una copia justificante del ingreso en la Concejalía de Medio Ambiente.

En Las Rozas de Madrid, a 25 de enero de 2010.—El secretario (firmado).—El alcalde (firmado).

(02/1.416/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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