Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120530-96
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71
EDICTO
Doña Rosario Negredo del Cerro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 71 de los de Madrid.
Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.216 de 2010, seguido ante este Juzgado, se ha acordado notificar la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2012 a la demandada “Acite, Sociedad Limitada”, mediante la publicación del presente, dado su ignorado paradero, siendo la parte dispositiva de dicha resolución del tenor literal siguiente:
Fallo
Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Elisa Zabia de la Mata, en nombre y representación de “Ricoh España, Sociedad Limitada”, contra “Acite, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 7.840,57 euros, cantidad incrementada con el interés de demora recogido en la Ley 3/2004, de Lucha contra la Morosidad, desde la fecha en que debieron abonarse las cantidades hasta la fecha en que se produzca el pago total del principal adeudado, así como las costas de este proceso.
En su caso: notifíquese la presente resolución a la demandada en rebeldía, por medio de edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contado desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). La admisión del recurso precisará que se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones número 0030-1845-00-3250 (cuenta del Juzgado)-XXXX (número de procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)-XX (dos últimas cifras del año del procedimiento), abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto”, el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en redacción dada por Ley Orgánica 1/2009).
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.—La secretaria judicial (firmado).
(02/4.154/12)

