Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
29-05-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120529-284

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEGOVIA NÚMERO 1

EDICTO

284
Procedimiento ordinario 67 de 2011

Doña Ángeles Bermúdez Méndez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Segovia.

Hago saber: Que en el procedimiento número 67 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Fernando Herrero Jiménez, contra la empresa “Arquitectura de Interiores Izar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidades, en fecha 1 de septiembre de 2011 se ha dictado la sentencia número 283 de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por el letrado don Manuel Gómez Cerezo, en representación de don José Fernando Herrero Jiménez, contra la empresa “Arquitectura de Interiores Izar, Sociedad Limitada”, y contra el Fondo de Garantía Salarial, y condeno a la empresa demandada “Arquitectura de Interiores Izar, Sociedad Limitada”, a abonar a don José Fernando Herrero Jiménez la cantidad de 10.157,10 euros en concepto de las cantidades adeudadas en este procedimiento detalladas en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal forma a “Arquitectura de Interiores Izar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Segovia, a 18 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.888/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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