Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121024-194
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 80 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Cañas Mingorance, contra las empresas “Consorcio Inmobiliario de Baleares, Sociedad Anónima”, “Millurqui 2003 Invest, Sociedad Limitada”, “Consorcio Inmobiliario Mare Nostrum, Sociedad Anónima”, y “Análisis Inmobiliario Europeo, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se han dictado las siguientes resoluciones:
1.a auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Acuerdo: Aclarar el auto conteniendo la orden general de ejecución de fecha 13 de abril de 2012 en el sentido que se indica a continuación:
«Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancias de don Antonio Cañas Mingorance, contra “Consorcio Inmobiliario de Baleares, Sociedad Anónima”, “Millurqui 2003 Invest, Sociedad Limitada”, “Consorcio Inmobiliario Mare Nostrum, Sociedad Anónima”, y “Análisis Inmobiliario Europeo, Sociedad Limitada”, por un principal de 40.785 euros, más 2.447 euros de intereses provisionales y otros 4.078 euros de costas provisionales.»
Notifíquese la presente resolución.
Contra este auto no cabe interponer recurso, sin perjuicio del que pudiera interponerse frente a la resolución aclarada.
2.a Decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Acuerdo:
a) Trabar embargo de los bienes de las ejecutadas “Consorcio Inmobiliario de Baleares, Sociedad Anónima”, “Millurqui 2003 Invest, Sociedad Limitada”, “Consorcio Inmobiliario Mare Nostrum, Sociedad Anónima”, y “Análisis Inmobiliario Europeo, Sociedad Limitada”, por un principal de 40.785 euros, más 2.447 euros de intereses provisionales y otros 4.078 euros de costas provisionales.
b) Dejar sin efecto la acumulación de la presente ejecución a la ejecución número 33 de 2012 acordada en decreto de fecha 13 de abril de 2012.
c) Y desconociéndose bienes concretos de las empresas ejecutadas, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 252 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y 113.1, letra H), de la Ley General Tributaria (redactada por la Ley 40/1998, de 9 de diciembre), procédase a la averiguación de los mismos mediante la aplicación informática del Punto Neutro Judicial en todo aquello que sea posible.
A tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos.
d) Advertir y requerir a las ejecutadas en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos quinto y sexto.
e) Advertir a las ejecutadas que si dejan transcurrir los plazos que se les conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico séptimo, se les podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrasen.
f) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico octavo.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante el magistrado-juez que ha dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2806 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31-Social revisión”, o por transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/1846/42/0005001274.
Así por este decreto lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Consorcio Inmobiliario de Baleares, Sociedad Anónima”, “Millurqui 2003 Invest, Sociedad Limitada”, “Consorcio Inmobiliario Mare Nostrum, Sociedad Anónima”, y “Análisis Inmobiliario Europeo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 19 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/31.751/12)

