Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
24-09-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120924-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

109
Demanda 632 de 2009

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial, en funciones de sustitución, del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 632 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Manuel Delgado Carmona, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Proyel, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 5 de septiembre de 2012.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.

Se fija la fecha de efectos de 17 de marzo de 2009 para el reconocimiento de la nueva base reguladora de la prestación.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyel, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y/o en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 6 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.585/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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