Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
17-09-2012

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120917-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Bases becas actividades/talleres

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 14 de septiembre de 2012, se aprobaron las bases reguladoras de becas para familias participantes en actividades/talleres de titularidad municipal. El texto de las bases es el siguiente:

BASES REGULADORAS DE BECAS PARA FAMILIAS PARTICIPANTES EN ACTIVIDADES/TALLERES DE TITULARIDAD MUNICIPAL

1. Objeto de la convocatoria.—El Ayuntamiento de Torrelodones crea un fondo de becas dotado por importe de 20.100 euros de la partida 231148900, para las familias del municipio cuyos miembros se matriculen en las actividades, servicio o talleres de titularidad municipal recogidos en el anexo I de estas bases.

2. Requisitos de los solicitantes.—Será requisito tener la unidad familiar empadronada y no disfrutar, para la actividad para la que hace la solicitud, otra beca de ayuda o apoyo de similar o idéntica finalidad, bien sea en formato de ayuda directa o descuento, que provenga de fondos o entidades públicas.

3. Finalidad y límite de las becas.—Cada familia solo podrá beneficiarse de una única beca o ayuda económica en cada uno de los dos apartados incluidos en esta bolsa:

1) Escuela Infantil Municipal.

2) Resto de actividades; con independencia del número de miembros participantes en actividades municipales o número de actividades en las que esté inscrita. Véase modelo de ficha de solicitud adjunto como anexo II.

Las becas o ayudas directas a cada familia serán para la actividad/es específica/s que la familia expresamente así indique, con independencia de número de hijos o actividades en las que se inscriba.

La beca solo podrá llegar al 90 por 100 de la cuota que le corresponda a la actividad para la que se aplica, sin incluir los gastos de matrícula o conceptos similares (ficha federativa, pruebas de nivel, etcétera).

El umbral máximo de renta por unidad familiar que podrá ser solicitante de las presentes becas será el siguiente:


Valor del IPREM 7.455,14 euros (Ley 2/2012, del 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, disposición adicional decimocuarta).

4. Distribución del fondo de becas.—En esta bolsa única de becas se establece un reparto inicial de 5.100 euros destinado a becas o ayudas directas a familias con niños/as matriculados en la Escuela Infantil Municipal “Las Ardillas”.

Esta ayuda consistirá en un importe de 300 euros a aquellas familias solicitantes que acrediten tener una menor renta per cápita familiar.

De no agotarse el crédito destinado a becas de la Escuela Infantil, se destinaría a las ayudas del resto de actividades municipales.

El resto del fondo de becas, esto es 15.000 euros, se destinará a ayuda directa por importe de 150 euros a aquellas solicitudes que acrediten disponer de menor renta.

5. Compatibilidad de las becas.—Las familias destinatarias de beca para la escuela infantil municipal podrán, igualmente, ser solicitantes de las becas para el resto de las actividades.

Las familias que habiendo solicitado beca para la Escuela Infantil no la hayan obtenido en el reparto inicial de los 5.100 euros, pasarán automáticamente al reparto del resto del fondo de la bolsa general (15.000 euros), pudiendo ser receptores de la ayuda de 150 euros si su solicitud acredita disponer de una menor renta per cápita familiar.

6. Plazo y documentación para la solicitud.—El plazo de solicitud de becas para el curso 2012-2013 será desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta treinta días naturales después.

Las becas se solicitarán según el modelo normalizado recogido en el anexo II, adjuntando la documentación indicada en el mismo.

A los efectos de determinar la renta per cápita familiar, esta convocatoria solo atenderá a la declaración de la renta o acreditación legal de ingresos: certificado negativo de Hacienda, certificado de prestaciones por desempleo, pensiones u otras coberturas o ingresos o declaración responsable de no obtener ningún ingreso por ningún otro concepto de todas las personas que conformen el núcleo familiar, respecto del 2011.

En el caso de estar desempleado/a y no percibir prestaciones económicas deberá acreditarse tal situación.

Asimismo, el solicitante consiente y autoriza al Ayuntamiento a consultar que no tenga deudas contraídas con el mismo, ni con ninguna otra Administración pública, así como comprobar su inscripción en el censo municipal.

7. Órgano evaluador.—El órgano evaluador de las solicitudes para la bolsa única de becas destinada a las actividades, talleres o servicios municipales de carácter permanente estará compuesto por:

— 1 técnico de cada área municipal afectada.

— 1 técnico de servicios sociales municipales.

— 1 representante de cada grupo municipal.

8. Plazo de resolución.—Esta convocatoria deberá ser resuelta en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de solicitud.

9. Abono de las becas.—Las becas concedidas se abonarán en un solo pago tras la resolución de la convocatoria.

Los solicitantes que hayan resultado beneficiarios deberán de estar al corriente de pago con el Ayuntamiento y con cualquier otra Administración pública en el momento de la adjudicación de la beca.

10. Obligación de los beneficiarios.—Los perceptores de las becas estarán obligados a:

— Pagar la tasa o el precio público correspondiente.

— Cumplir las normas internas que para cada actividad tenga contemplado el Ayuntamiento de Torrelodones a través del departamento o área a la que pertenezca la actividad, taller o servicio.

— Aprovechar y asistir regularmente a la actividad.

— Mantener el alta en la actividad durante todo el curso.

Cualquier incumplimiento en estos requisitos, dará lugar a la reclamación de la devolución del importe de la beca y la exclusión de la convocatoria para el próximo curso. Estas sanciones serán determinadas con arreglo en lo previsto en la Ley General de Subvenciones.

11. Disposición derogatoria.—Quedan derogadas las bases de becas municipales convocadas con anterioridad.

Los anexos correspondientes a esta convocatoria podrán ser examinados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web (www.torrelodones.es).

Torrelodones, a 14 de septiembre de 2012.—El secretario del Ayuntamiento, Fernando A. Giner Briz.

(03/30.049/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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