Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205
Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120828-78
Páginas: 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que en las oficinas del Órgano de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, se encuentra expuesto al público la matrícula y la lista cobratoria de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras o calzadas correspondientes al ejercicio 2012, aprobadas por resoluciones del titular del Órgano de Gestión Tributaria de fecha 6 de agosto de 2012.
Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódicos por recibo, tiene el carácter de la notificación colectiva a que hace referencia el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Recursos: contra los datos contenidos en la matrícula y lista cobratoria de recibos, y en caso de disconformidad con los mismos, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública de este anuncio, ante el titular del Órgano de Gestión Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 23 del Reglamento del Órgano de Gestión Tributaria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación. En su caso, podrá interponer directamente reclamación económico-administrativa en la forma y plazos previos en el Reglamento Orgánico del Tribunal Económico-Administrativo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 214, de 9 de septiembre de 2009).
La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza, a menos de que el interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.i) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Período de pago: asimismo, de conformidad con el calendario fiscal establecido en el artículo 136 de la ordenanza general de gestión, inspección, revisión y recaudación, se informa que durante los días comprendidos entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2012 se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras o calzadas del ejercicio 2012.
Para quienes tengan domiciliación permanente de sus recibos, la fecha de adeudo en cuenta será el día 30 de noviembre de 2012.
Forma de pago: para el pago de los tributos municipales por recibo en período voluntario, los contribuyentes que no tengan domiciliación permanente de sus tributos deberán presentar el aviso de pago que se distribuye, personándose por sí o a través de tercero en las oficinas de las siguientes entidades colaboradoras:
— “Banco Santander”.
— “Bankia”.
— “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.”
— CAM (“Caja de Ahorros del Mediterráneo”).
— “Barclays.”
— “La Caixa”.
Este documento (aviso de pago) servirá como justificante de pago con la validación mecánica o firma y sello autorizado de la entidad financiera. En caso de que no se reciba el aviso de pago o de extravío del mismo, se podrá solicitar un duplicado en la Oficina de Atención Integral al Contribuyente (sito en la Casa Consistorial, plaza Mayor, sin número), en el teléfono de información municipal 010, mediante e-mail a la dirección recauda cion@pozuelodealarcon.org mediante fax al número 917 150 749, por teléfono llamado a los números 914 522 704 o 914 522 705 o en cualquier oficina de atención al ciudadano.
También pueden hacer efectivo el pago de este impuesto:
— A través de cajeros de las entidades anteriormente citadas.
— Desde la página web del Ayuntamiento www.pozuelodealarcon.org (“pago de tributos municipales”) entrando en “pago on line” mediante tarjeta de crédito o débito de cualquier banco (tarjetas admitidas: Visa-Classic, Visa-Oro, Visaelectrón, MasterCard y Eurocarp) o a través de banca electrónica (clientes de la CAM).
Para evitarle molestias y esperas innecesarias se sugiere la conveniencia de domiciliar el pago del tributo para ejercicios sucesivos en su entidad financiera, para lo cual deberá cumplimentar debidamente la orden de domiciliación que aparece en el aviso de pago. Asimismo, puede hacerlo directamente a través de la página web municipal.
Advertencia: transcurrido el período voluntario de cobranza, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos de período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pozuelo de Alarcón, a 6 de agosto de 2012.—El titular del Órgano de Gestión Tributaria, Eugenio Martínez Serrano.
(02/6.701/12)

