Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 203

Fecha del Boletín 
25-08-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120825-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

34
Ordenanza terrazas veladores

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 19 de julio del año en curso, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo de conformidad con la propuesta presentada por la concejala-delegada de Urbanismo e Industria, que es el siguiente:

Aprobar definitivamente la corrección del último párrafo del artículo 43.2 de la ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas de veladores en la vía pública en San Fernando de Henares antes descrita.

Publicar este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sometida a votación la propuesta de referencia, resultó aprobada por unanimidad.

Lo que se notifica para general conocimiento, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el correspondiente Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, advirtiendo que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Con carácter potestativo, se podrá asimismo interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto impugnado. No se podrá presentar el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno de conformidad con la legislación vigente.

En San Fernando de Henares, a 30 de julio de 2012.—El alcalde-presidente en funciones, Ángel Moreno García.

(03/28.060/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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