Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120807-259

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5

EDICTO

259
Ejecución 188 de 2011

En autos de ejecución parcial número 188 de 2011, siendo demandante don José Ángel Blanco Martínez, con abogado don Federico Fernández Álvarez-Recalde, y demandadas “Hogalia Internacional, Sociedad Limitada”, “Gano, Sociedad Anónima”, “Inversiones Shitan, Sociedad Anónima”, “Grupo Mall Empresarial, Sociedad Limitada”, “Hogalia Patrimonial, Sociedad Anónima”, “Hogalia 3, Sociedad Limitada”, y “Hogalia, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Nieves Álvarez Morales.—En Oviedo, a 13 de julio de 2012.

Los anteriores escritos, únanse; en cuanto a la solicitud de declaración de sucesión de empresas frente a dos nuevas entidades y embargo de bienes de las mismas, cítese a las partes de comparecencia en aplicación de lo dispuesto en el artículo 240 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que se remite al incidente de ejecución previsto en el artículo 238, señalando el día 12 de septiembre de 2012, a las diez cincuenta y cinco horas.

En cuanto a la solicitud de administración judicial de varias de las empresas condenadas, no ha lugar al no encontrarnos en ninguno de los supuestos en que la misma procede al no haberse decretado el embargo de las mencionadas empresas.

En cuanto al embargo de las rentas, estese a lo ya acordado en la diligencia de fecha 4 de julio, en la que se acordó reiterar nuevamente dicho requerimiento.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de citación a “Hogalia Internacional, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula.

En Oviedo.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.335/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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