Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120719-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Impuesto actividades económicas 2012

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEL PADRÓN Y LISTA COBRATORIA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS, IMPUESTO SOBRE LOS BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA Y URBANA, DE 2012 Y APERTURA DEL PERÍODO DE COBRANZA

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que en las oficinas de la Unidad Administrativa del Órgano de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, se encuentra expuesto al público, los padrones y las listas cobratorias de los impuestos sobre Actividades Económicas y sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica y urbana, correspondiente al ejercicio 2012, aprobados por Resoluciones del Titular del Órgano de Gestión Tributaria, de fechas 11 de junio de 2012, 18 de junio de 2012 y 8 de mayo de 2012, respectivamente.

Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter de notificación colectiva a que hace referencia al artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Recursos

Contra los datos contenidos en el padrón y lista cobratoria de recibos y en caso de disconformidad con los mismos, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, previo a la reclamación económica-administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública de este anuncio, ante la Alcaldía-Presidencia, con sujeción a lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En su caso, podrá interponer directamente reclamación económico-administrativa en las forma y plazos previstos en el Reglamento Orgánico del Tribunal Económico-Administrativo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 214, de fecha 9 de septiembre de 2009).

La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza, a menos de que el interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.i) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Período de pago

Asimismo, de conformidad con el calendario fiscal establecido en el artículo 136 de la Ordenanza General de Gestión, Inspección, Revisión y Recaudación, se informa que durante los días comprendidos entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2012 se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a los impuestos de Actividades Económicas y sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana, del ejercicio 2012.

Para quienes tengan domiciliación permanente de sus recibos, la fecha de adeudado en cuenta será el día 30 de noviembre de 2012.

Forma de pago

Para el pago de los tributos municipales por recibo, en período voluntario, los contribuyentes que no tengan domiciliación permanente de sus tributos, deberán presentar el aviso de pago que se distribuye, personalmente por sí o a través de tercero en las oficinas de las siguientes entidades colaboradoras:

— “Banco de Santander”.

— “Bankia”.

— “La Caixa”.

— “CAM” (“Caja de Ahorros del Mediterráneo”).

— “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”.

— “Barclays”.

Este documento (aviso de pago) servirá como justificante de pago con la validación mecánica o firma y sello autorizado de la entidad financiera. En caso de que no se reciba el aviso de pago o de extravío del mismo, se podrá solicitar un duplicado en la Oficina de Atención Integral al Contribuyente (sito en la Casa Consistorial, plaza Mayor, sin número), en el teléfono de información municipal 010, mediante e-mail a la dirección recaudacion@pozuelodealarcon.org, mediante fax al número 917 150 549, por teléfono llamando al número 914 522 704 o 914 522 705 o en cualquier oficina de atención al ciudadano.

También pueden hacer efectivo el pago de este impuesto:

— A través de cajeros de las entidades anteriormente citadas.

— Desde la página web del ayuntamiento www.pozuelodealarcon.org (“pago de tributos municipales”) entrando en “pago on line” mediante tarjeta de crédito o débito de cualquier banco (tarjetas admitidas: Visa-Clasic, Visa-Oro, Visaelectrón, Mastercard y Eurocarp) o a través de banca electrónica (clientes de la “CAM”).

Para evitarle molestias y esperas innecesarias se le sugiere la conveniencia de domiciliar el pago del tributo para ejercicios sucesivos en su entidad financiera, para lo cual deberá cumplimentar debidamente la orden de domiciliación que aparece en el aviso de pago. Asimismo puede hacerlo directamente a través de la página web municipal.

Advertencia

Transcurrido el periodo voluntario de cobranza las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos de período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Pozuelo de Alarcón, a 18 de junio de 2012.—El titular del Órgano de Gestión Tributaria, Eugenio Martínez Serrano.

(02/5.313/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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