Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2012

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120702-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2012, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 675/2012, de 8 de marzo, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por doña Anabel Rosa Moreno, contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 22 de junio de 2011.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 675/2012, de 8 de marzo, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por doña Anabel Rosa Moreno, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de reposición interpuesto por doña Anabel Rosa Moreno, contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 22 de junio de 2011, dictada en el expediente RBE 280020106172111D, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Con fecha 2 de marzo de 2011, doña Anabel Rosa Moreno presenta solicitud de reconocimiento del derecho a la renta básica de emancipación regulada por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre.

Segundo

Una vez analizada la documentación aportada, en relación con los requisitos necesarios para acreditar el derecho a la ayuda, se dictó Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se le reconoció el derecho a obtener una renta básica en la cantidad mensual de 105 euros.

Tercero

Contra la citada Orden, doña Anabel Rosa Moreno ha interpuesto recurso de reposición dentro del plazo legalmente establecido, en el que alega, en síntesis, su derecho a percibir 210 euros.

Cuarto

La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido el informe a que se refiere el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la desestimación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de reposición interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 53 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En cuanto a las cuestiones de fondo, el recurrente manifiesta, en síntesis, disconformidad con la Orden impugnada.

En relación con lo alegado, el artículo 3.5 del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, dispone que “en caso de que existan varios titulares del contrato de arrendamiento, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas serán el resultado de dividir las cantidades a que se refiere el apartado 1 por el número total de titulares del contrato”.

Pues bien, una vez acreditado que el número de titulares del contrato de alquiler son dos, se dictó la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 22 de junio de 2011, acordando reconocer el derecho a obtener la cantidad mensual de 105 euros.

En consecuencia, de conformidad con el informe emitido por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en el que se propone desestimar el recurso de reposición interpuesto, y a propuesta de la Secretaría General Técnica,

DISPONGO

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por doña Anabel Rosa Moreno, contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 22 de junio de 2011, dictada en el expediente RBE 280020106172111D.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 12 de junio de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/21.942/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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