Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
16-06-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120616-25

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

25
Juicio de faltas 626 de 2011

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 626 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 626 de 2011, sobre lesiones en agresión, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciantes, don Jaime Alberto Medina Rodríguez, doña Almudena María Medina Rodríguez, doña María Francisca Rodríguez Barrera y otros, y como denunciados, don Roberto Luis Pérez Cape y don Leonardo Miguel Arcia Milian.

Que debo condenar y condeno a don Roberto Luis Pérez Cape, como autor responsable de dos faltas de lesiones, a la pena de multa de un mes, con cuotas diarias de 6 euros (180 euros) por cada una de ellas, a que indemnice a don don Jaime Alberto Medina Rodríguez en la cantidad de 120 euros por días de lesión, y al pago de las costas procesales, si procediese su devengo por conceptos necesarios.

Se fija una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, bien de forma voluntaria, bien por vía de apremio.

Que debo absolver y absuelvo a don Leonardo Miguel Arcia Milian de la falta de maltrato de obra por la que fue acusado por el ministerio fiscal, declarando de oficio las costas procesales.

Que debo absolver y absuelvo a don Jaime Alberto Medina Rodríguez, doña Almudena María Medina Rodríguez, doña María Francisca Rodríguez Barrera, doña Guadalupe María Paloma Rodríguez Barrera y don Miguel Ángel Medina Gordillo, contra los que el ministerio fiscal no formuló acusación, declarando de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Roberto Luis Pérez Cape y don Leonardo Miguel Arcia Milian, expido la presente en Madrid, a 14 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/18.447/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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