Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

EDICTO

82
Procedimiento 129 de 2010

Doña Zulema Sepúlveda García, secretaria del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, y bajo el número 129 de 2010, se tramita procedimiento de divorcio contencioso, en el que con fecha 21 de diciembre de 2010 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

La ilustrísima doña María Serantes Gómez, magistrada-juez de primera instancia del número 85 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 129 de 2010, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña María Luisa García González, con procuradora doña Olga Romojaro Casado y letrada doña María Luisa Borreguero Pérez, y de otra, como demandado, don Mourad Azizi, en situación de rebeldía procesal; y...

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora doña Olga Romojaro Casado, en nombre y representación de doña María Luisa García González, frente a don Mourad Azizi, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges don Mourad Azizi y doña María Luisa García González celebrado el día 13 de mayo de 2003 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido don Mourad Azizi, expido el presente en Madrid, a 16 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/18.073/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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