Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-301

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

301
Demanda 1.343 de 2011

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.343 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Concepción Villardón Rojo, contra la empresa “Aplicaciones Decorativas Exteriores, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 23 de abril de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda de doña Concepción Villardón Rojo, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado y declarando extinguida la relación laboral, condeno a la demandada al abono de 686 euros en concepto de indemnización y al abono de 7.019,45 euros en concepto de salarios de tramitación y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.

Debiendo el que no tenga la consideración de trabajador o estar eximido legalmente haber acreditado al tiempo de anunciar el recurso el ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, calle Princesa, número 3, cuenta corriente número 2708/0000/65/1343/11 de la suma de 300 euros así como haber asegurado el importe de la condena, bien mediante aval bancario en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, bien mediante la consignación del importe íntegro de la condena en la cuenta indicada. En todo caso el recurrente deberá designar letrado o graduado social en el momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones Decorativas Exteriores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.830/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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