Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-171
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.434 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Barrajón Redondo, contra doña Raquel Vicenta Palacio Doral y la comunidad de propietarios de la calle Agapito García Serranito, número 14, sobre sanciones, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 106 de 2012
En Madrid, a 23 de abril de 2012.—Doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre sanciones, entre partes: de una, y como demandante, don Francisco Barrajón Redondo, que comparece con el letrado don Julián Álvarez López, y de otra, como demandados, doña Raquel Vicenta Palacio Doral, que no comparece, y la comunidad de propietarios de la calle Agapito García Serranito, número 14, que comparece con la letrada doña Azucena López González, ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Estimando la excepción de falta de legitimación pasiva invocada por la codemandada comunidad de propietarios de la calle Agapito García Serranito, número 14, de la localidad de Colmenar Viejo (Madrid), y estimando parcialmente al demanda interpuesta por don Francisco Barrajón Redondo, contra doña Raquel Vicenta Palacio Doral y la comunidad de propietarios de la calle Agapito García Serranito, número 14, en reclamación por sanción, procede revocar las sanciones impuestas al demandante, condenando a la demandada doña Raquel Vicenta Palacio Doral a estar y pasar por la citada declaración con los efectos legales inherentes a la misma, incluidos los económicos de haberse producido, con absolución de la codemandada la comunidad de propietarios de la calle Agapito García Serranito, número 14, de la localidad de Colmenar Viejo (Madrid)
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a la comunidad de propietarios de la calle Agapito García Serranito, número 14, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/18.255/12)

