Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2012

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120606-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

RÉGIMEN ECONÓMICO

77
Modificación ordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento de Quijorna, en sesión celebrada el 9 de marzo de 2012, aprobó inicialmente el establecimiento, aprobación y modificación de la ordenanza fiscal número 39, reguladora de la utilización de la piscina municipal al aire libre de Quijorna, y habiéndose cumplido el plazo de exposición al público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 182, de 5 de abril de 2012), sin que se hayan presentado reclamaciones a la aprobación inicial, se ha elevado a definitiva, procediéndose a la publicación del texto de la citada ordenanza:

Art. 6. Cuota tributaria.—Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

Epígrafe 1. Por entrada personal a las piscinas.

Número 1. Entradas empadronados:

Laborables, domingos y festivos:

— Adulto empadronado: 4,50 euros.

— Infantil empadronado (5-14 años): 3,60 euros.

— Tercera edad empadronado: 2,70 euros.

Número 2. Bonos (sólo empadronados):

— Bono 10 baños adulto: 37,80 euros.

— Bono 20 baños adulto: 66,60 euros.

— Bono 30 baños adulto: 81 euros.

— Bono 10 baños infantil: 30,60 euros.

— Bono 20 baños infantil: 54 euros.

— Bono 30 baños infantil: 64,80 euros.

— Bono 10 baños tercera edad (mayores de 65 años): 13 euros.

— Bono 20 baños tercera edad (mayores de 65 años): 22 euros.

— Bono 30 baños tercera edad (mayores de 65 años): 27 euros.

— Bono de temporada individual adulto: 144 euros.

— Bono de temporada individual infantil: 126 euros.

— Bono de temporada individual tercera edad (mayores de 65 años): 60 euros.

Número 3. Niños menores de cinco años: entrada gratuita.

Número 4. Entradas no empadronados:

Laborables, domingos y festivos:

— Adulto no empadronado: 6,30 euros.

— Infantil no empadronado (5-14 años): 5,40 euros.

— Tercera edad (mayores de 65 años) no empadronado: 4,50 euros.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigor una vez que se efectúe la publicación del texto íntegro de la ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Quijorna, a 21 de mayo de 2012.—La alcaldesa, Mercedes García Rodríguez.

(03/18.146/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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