Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120609-34
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 31 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio García Losada, contra las empresas “Revestimientos Yepronor, Sociedad Limitada”, y “La Rosaleda, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
Secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 3 de mayo de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y/o tasación de costas practicadas por importe de 766,43 euros, a cuyo pago resultan condenadas “Revestimientos Yepronor, Sociedad Limitada”, y “La Rosaleda, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones.
Existiendo cantidad consignada procedente de devolución tributaria, expídase mandamiento de devolución y póngase a disposición del ejecutante la cantidad de 466,43 euros en concepto de intereses y de la letrada doña Berta Díaz García por importe de 138,57 euros en concepto de parte de costas, y requiérase a la ejecutada mediante la notificación de esta resolución a fin de que ingrese en la cuenta de este Juzgado en “Banesto”, entidad 0030, oficina 1033, DC 40, cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1, concepto 2499/0000/00/1199/08, agencia sita en calle Princesa, número 3, de Madrid, la cantidad de 161,43 euros que resta para el pago total de la tasación de costas.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Revestimientos Yepronor, Sociedad Limitada”, y “La Rosaleda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/17.506/12)

