Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
18-05-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120518-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

119
Demanda 298 de 2012

En los autos de demanda número 298 de 2012-M (bis), a instancias de don Francisco Javier Rubio Benito, contra “Woman Flay, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente:

Diligencia.—En Móstoles, a 25 de abril de 2012.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que la parte demandada es desconocida en el domicilio que figura en la demanda, según consta en la diligencia negativa de citación practicada. Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Yolanda Caballero Martín.—En Móstoles, a 25 de abril de 2012.

Visto el estado de las actuaciones y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Todo ello de conformidad con los artículos 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalando para el día 14 de junio de 2012, a las doce y treinta horas.

Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado y ante la secretaria judicial actuante, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, según el artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial.

En Móstoles, a 25 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.804/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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