Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
02-05-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120502-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 10

EDICTO

120
Ejecución 33 de 2011

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 10 de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 33 de 2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Juana Morilla Sánchez, contra “Restalce, Sociedad Limitada”, “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, y “The Eat Out Group, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 16 de febrero de 2011 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Se despacha ejecución a favor de doña Juana Morilla Sánchez, contra “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, y “Restalce, Sociedad Limitada”, solidariamente, por la cantidad de 8.115,96 euros en concepto de principal y 1.623,20 euros presupuestados para gastos y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de las ejecutadas a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Rosario Muñoz Enrique, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Málaga. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Málaga”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.510/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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