Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
02-05-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120502-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

62
Demanda 1.442 de 2011

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.442 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Miguel Pérez González, contra las empresas “Calzados Anticrisis 3, 6 y 9, Sociedad Limitada”, “Almacenes de Calzado Anticrisis, Sociedad Limitada”, y “Low Prices, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia número 166 de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando en parte la demanda, condeno solidariamente a las empresas “Calzados Anticrisis 3, 6 y 9, Sociedad Limitada”, “Almacenes de Calzado Anticrisis, Sociedad Limitada”, y “Low Prices, Sociedad Limitada Unipersonal”, a abonar a don Luis Miguel Pérez González la cantidad de 2.002,89 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no podrán interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Calzados Anticrisis 3, 6 y 9, Sociedad Limitada”, “Almacenes de Calzado Anticrisis, Sociedad Limitada”, y “Low Prices, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.731/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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